sábado, 26 de enero de 2008

MALTRATO INSTITUCIONAL


LA ESCUELA

1. Los principios relativos al buen trato a los niños y el respeto a sus derechos serán integrados en el Proyecto Educativo de los centros y aplicado por todos los docentes y personal de administración y servicios. La dirección de los centros velará por su cumplimiento.

2. El personal docente y el de administración y servicios evitarán actitudes y conductas marginadoras hacia niños diferentes por su origen social, étnico, capacidad intelectual, minusvalía, enfermedad o sexo, promocionando actitudes de convivencia, solidaridad y colaboración entre los alumnos.


3. Se atenderán las necesidades educativas especiales, diseñando programas específicos y evaluándolos en función de los mismos, no conforme a la media de la clase o el currículum ordinario

4. Se evitará la valoración del niño sólo en función de las calificaciones escolares, impidiendo de este modo generar sentimientos de fracaso e inferioridad en los alumnos menos dotados. Se valorará de acuerdo con su ritmo de aprendizaje y trabajo.

5. Tanto el personal docente como el de administración y servicios rechazará estilos autoritarios y rígidos en la relación con los alumnos así como la transmisión de modelos de carácter violento. Por el contrario, la tolerancia, la flexibilidad y el respeto presidirán la comunicación con los alumnos.

6. Los docentes, en colaboración con el personal de administración y servicios, adoptarán las medidas necesarias que impidan conductas o actitudes agresivas, humillantes y despreciativas de unos niños sobre otros.

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